A partir del próximo 1 de agosto, aquellos trabajadores del gobierno federal que hayan sido vacunados contra el Covid-19 podrán regresar a las oficinas, anunció la Secretaría de la Función Pública.
El acuerdo publicado este viernes en el Diario Oficial de la Federación (DOF) pone fin a meses de Home Office de los burócratas, aunque advierte que antes de la reincorporación, los servidores públicos, deberán de aplicarse una prueba de detección del coronavirus.
El anuncio, firmado por aún encargado del despacho y próximo titular de la SFP, Roberto Salcedo detalla que aquellos funcionarios que aún están en espera de concluir su proceso de vacunación (dos dosis) podrán seguir en casa.
También aplica para los trabajadores con discapacidad, mujeres embarazadas o en lactancia, así como aquellos con enfermedades crónicas tales como obesidad mórbida, diabetes mellitus, hipertensión arterial, enfermedad pulmonar obstructiva crónica, asma, enfermedades cerebrovasculares, infección por VIH, enfermedad renal crónica, estados patológicos que requieren o inmunosupresión, y cáncer en tratamiento.
“Los Titulares de la Oficialía Mayor de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y de las Unidades de Administración y Finanzas o equivalentes en la Administración Pública Federal, podrán autorizar o facilitar a las personas servidoras públicas: El regreso a las labores presenciales en las instalaciones físicas de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, de todos aquellos servidores públicos que concluyeron el proceso de inmunización contra el Covid-19, respetando las medidas sanitarias y de sana distancia determinadas por la Secretaría de Salud; en estos casos, antes de su reincorporación, deberá aplicarse una prueba de detección de Covid-19″, cita el acuerdo.
Quedan exceptuados de la aplicación del acuerdo las secretarías de Defensa Nacional (Sedena),Marina (Semar), Seguridad y Protección Ciudadana (SSPC), la Guardia Nacional (GN), las instancias de Seguridad Nacional y Seguridad Pública, el personal del Servicio Exterior y demás instituciones que prestan o están relacionadas con los servicios de protección civil, y las que se determine que por su naturaleza deban prestarse de manera presencial, y todas aquellas que determine el Presidente de los Estados Unidos Mexicanos o el Consejo de Salubridad General.
Comments